domingo, 25 de abril de 2010

SE DEBE ELIMINAR ARBITRIOS POR NO PRESTARSE LOS SERVICIOS

“La Constitución política del Perú y la legislación, señala que si no hay servicio no se debe pagar”, así de enfática se expreso la destacada mujer de leyes de la provincia de Sullana, Dra. Flor Cárdenas García, quien analizo tres aspectos del servicio publico que brinda la comuna sullanera que son objeto de cobranza y cuya deficiencia es incompatible con el monto que se viene cobrando en el presente año explico.
En primer lugar, dijo la limpieza fue nula durante el año 2009, r5econociendo que en alguna medida ha existido recojo de basura, pero solo eso no es limpieza, además se informo el permanente estado de mal funcionamiento de la compactadota, paros de trabajadores entre otras situaciones y las carretillas y vehículos menores que recogen basura se han convertido en un peligro.
En cuanto al serenazgo, señalo la permanente inseguridad que los pobladores sienten cuando transitan por las calles e incluso dentro de sus casas, poniendo como ejemplo que han sido asaltados autoridades y miembros del serenazgo, el modelo establecido para la implementación de este servicio pertenece a otra realidad señalo.
Respecto al servicio de parques y jardines, dijo que solo basta con tomar una foto a cualquier parque de Sullana para demostrar que no se presta este servicio en forma cabal, salvo la Plaza de Armas, los demás parques no reciben el cuidado necesario para su conservación.
La propuesta de la doctora Flor Cárdenas G. es que se haga un verdadero estudio de costos para ordenar la cobranza solo de un monto correspondiente al verdadero servicio prestado a la comunidad, de lo contrario de acuerdo a la realidad que hoy vivimos no se debe cobrar por un servicio que no se ha prestado.

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